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Ni España sin Europa, ni Europa sin España

antoniorodNo es posible concebir España sin Europa, ni Europa sin España. Estas palabras las pronunció Su Majestad el rey Felipe VI el pasado 7 de octubre de 2015 en el pleno extraordinario celebrado en el Parlamento Europeo. Posteriormente, nuestro presidente, el Sr. Rajoy, declaraba a un medio de comunicación: «Soy europeo porque soy español,  orgulloso de ser un hispano en Europa».

Hasta aquí nada que objetar, sentidas y sabias palabras en ambos casos. Pero si analizo la situación de Canarias, dentro de nuestra nación y dentro de Europa, sí que aparecen toda suerte de objeciones al respecto, y no lo digo porque Canarias no se sienta española o europea, bien al contrario, lo digo por los derechos y libertades que Canarias disfruta respecto a ambas instituciones, nacional y supranacional.

Europa tiene una población de 506 millones de habitantes, todos ellos disfrutan de los principios fundamentales de la Unión Europea:

El artículo 1-4,  de la Constitución Europea  garantiza la libre circulación  de personas,  bienes, servicios y capitales en la Unión Europea y prohíbe estrictamente toda discriminación por razón de nacionalidad.

Dentro de los 506 millones habitantes europeos, una parte corresponde a la población de España, que también disfrutan de estos principios fundamentales, a excepción de los 2.200.000  personas que residimos en Canarias.

Y esto lo puedo afirmar, con la misma rotundidad y evidencia que en Canarias no existe la libre circulación de mercancías desde el año 1991, agravándose en períodos sucesivos y llega hasta nuestros días.

A partir de 1991, cuando el Gobierno de Canarias, y el Parlamento pidieron a España que negociaran la plena integración de Canarias a la Unión Europea, se levantaron enormes muros más que virtuales, en nuestra fronteras aéreas y marítimas, que impiden (va más allá de una mera restricción) la libre circulación de mercancías de Canarias con y para el resto del territorio nacional y europeo.

Toda la mercancía que entra o sale de nuestras islas a partir de ese momento está obligadas a pasar las aduanas fronterizas, lo que implica unos gastos enormes, no sólo derivadas de la obligación de presentación del Documento Único Aduanero, sino también de los derivados de nuestros tributos propios del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, sino además por la falta de infraestructuras para cumplir con todos los controles que exige la normativa.

Nuestro territorio, caracterizado por la insularidad y la lejanía, que conlleva un coste natural evidente como es: el transporte marítimo y aéreo, la demora en el acceso a la disponibilidad de la mercancía, un mayor coste energético, etcétera, es castigado con la existencia de unas barreras aduaneras y administrativas de naturaleza tal, que como ya expuse al principio, impiden el ejercicio efectivo de uno de nuestros derechos fundamentales de la Unión Europea, cual es la libertad de mercancías.

En el mismo artículo se recoge expresamente la prohibición a cualquier discriminación por razón de la nacionalidad, algo que de puro justo, nos resulta consustancial al marco jurídico y económico de España y de la Unión Europea. Es por ello, que nos resulta insólito, que nuestras propias autoridades perfectas conocedoras de esta gran discriminación para Canarias, lo permitan, así como que las autoridades españolas y europeas que también conocen de esta discriminación.

En toda Europa, España y el resto de sus estados miembros,  la aduana existe solamente  para control y seguimiento de productos de procedentes de terceros países. Mientras en una región española y europea padece ya no la aduana, sino hasta la doble aduana.

A nosotros, los canarios, la igualdad como españoles no nos llega, tampoco la igualdad como europeos, y esto no parece importar, empezando por nuestras propias autoridades.
Pero es más, el artículo 46 de nuestro Estatuto de Autonomía dispone:

1) Canarias goza de un régimen económico fiscal, propio de su acervo histórico  y constitucionalmente reconocido, basado en la libertad  comercial de Importación y exportación , no aplicación de monopolios, y en franquicia arancelarias y fiscales  sobre el consumo.

Esta norma sigue vigente a día de hoy, que es propia de nuestro acervo histórico, y cuya finalidad era garantizar la igualdad de oportunidades con los residentes en el territorio español, me hace reflexionar y realizarme la siguiente pregunta: ¿es compatible el derecho reconocido de libertad de importación y exportación, con la existencia de las barreras arancelarias? También me pregunto: ¿es compatible el derecho reconocido a las franquicias fiscales sobre el consumo, es decir, inexistencia de gravámenes sobre el consumo, con que la exigencia de pago de un tributo aprobado para Canarias como es el Arbitrio sobre la Importación y Entrega de Mercancías a las islas Canarias, el AIEM?

La respuesta obviamente sólo puede resolverse en sentido negativo. Pero ¿quién o quienes son responsables de que esté consagrado –y digo consagrado porque está recogido en una norma de máximo rango en el ordenamiento jurídico español-  en Canarias el principio de libertad comercial, y el derecho a las franquicias aduaneras y al consumo, y a pesar de ello, no se respete ni el principio ni el derecho?

Esto es muy grave, porque no se trata ya de la inobservancia de unas normas por parte de autoridad competente, se trata de la quiebra manifiesta de principios y derechos reconocidos por normas de ámbitos territoriales diferentes para más de dos millones de personas que residimos en nuestra querida tierra.

Por tanto, las palabras pronunciadas por su Majestad y por el presidente, para la sociedad Canaria no es una realidad, ya que no disfrutamos de principios fundamentales como la Igualdad, Libertad y Solidaridad.

Antonio Rodríguez Suárez, español nacido en Canarias.

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