El Consejo Rector de la Zona Especial Canaria (ZEC) ha aclarado los criterios de autorización de inscripción de entidades proveedoras de servicios a hoteles, apartamentos, apartahoteles, viviendas vacacionales y otros establecimientos de servicios de alojamiento.
La actividad de alquiler vacacional queda fuera de los beneficios fiscales del incentivo.
La ZEC siempre excluyó a las actividades alojativas, según la idea del REF, pero ahora ha consultado a la Comisión Europea para aclarar completamente que este tipo de actividades no pueden acogerse a los incentivos fiscales de la ZEC.