El 17 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que modifica el Plan General de Contabilidad, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
El texto incorpora modificaciones para adaptar el Plan General de Contabilidad de Pymes a la Directiva comunitaria del año 2013.
Se añaden así mayores criterios de simplificación y de armonización con la UE de las obligaciones contables de las pequeñas empresas que elaboran cuentas anuales abreviadas o están bajo la aplicación del Plan General de Contabilidad de Pymes.
Las Pymes no tendrán ahora que formular el estado de cambios en el patrimonio y se reduce el contenido de la memoria.
Se cambia el criterio sobre la vida útil de todos los activos intangibles con vida útil definida, y del Fondo de Comercio que deja de considerarse que tiene vida útil indefinida.
Además, se revisan las Normas de Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas sobre los supuestos de dispensa y exclusión de la obligación de consolidar, el tratamiento del fondo de comercio de consolidación y algunas mejoras técnicas.