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Los autónomos deben contratar para tener el 100% de la pensión

La Seguridad Social ha establecido que los autónomos que soliciten la compatibilidad entre trabajo por cuenta propia y el 100% de su pensión de jubilación deberán tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena.

El contrato del empleado debe estar dentro de la actividad de alta del autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia (Reta), excepto si se tiene condición de consejero, administrador, socio o comunero de sociedades.

Si el autónomo contrata a un familiar colaborador, este debe ser trabajador por cuenta ajena y en ningún caso estar incluido en el Reta, ya que solo el autónomo titular puede actuar como empleador de los trabajadores por cuenta ajena a su servicio.

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