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Las empresas deben llevar un registro salarial por género desde hoy

Desde el día de hoy todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a llevar un registro salarial de sus trabajadores por sexos.

La medida se recoge en el Estatuto de los Trabajadores mediante una norma aprobada en marzo de 2019, pero que no se ha hecho efectiva hasta octubre pasado.

Se busca cerrar la brecha salarial entre hombres y mujeres, que está en torno al 21% en la actualidad.

En el registro deben figurar los valores medios, desglosados por sexos, de los salarios de toda la plantilla, también de los directivos, incluyendo los complementos salariales.

El Ministerio de Trabajo presentará una herramienta informática gratuita y voluntaria para facilitar la elaboración.

Cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, el empresario deberá justificar un motivo por causas objetivas y que no supone una discriminación de género.

Las multas por no disponer de esta información van desde los 6.251 euros a los 187.000.

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