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Acuerdo cerrado: la cuota mínima de los autónomos subirá 5,36 euros

El Gobierno y las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y CEAT cerraron este jueves el acuerdo para la subida de cotizaciones.

La base mínima de cotización de los trabajadores autónomos subirá un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019, hasta los 944,35 euros al mes, y el tipo de cotización será del 30%.

Así, los autónomos personas físicas tendrán que pagar 5,36 euros más al mes (64 más al año) a cambio de mayor protección. La cuota mensual será de 283,3 euros cotizando por la base mínima. En el caso de los autónomos societarios, la base mínima subirá el próximo año hasta los 1.214,08 euros mensuales. Pagarán 364,22 euros al mes, 6,89 más mensuales y 83 más al año.

El texto acordado queda lejos de las primeras propuestas del Gobierno, que implicaban subidas en la cotización mínima de los autónomos de entre 22 y 40 euros al mes.

El tipo de cotización se incrementará escalonadamente: en 2019 será del 30%, en 2020 se elevará al 30,3% y en 2021 al 30,6%. En 2022 el tipo será fijado de forma definitiva.

Este modelo de cotizaciones cubrirá a los autónomos por contingencias comunes y profesionales, por cese de actividad y por formación profesional, generalizando estas coberturas, algunas de las cuales antes sólo eran voluntarias.

La idea es que este nuevo sistema de cotización sea transitorio, ya que el objetivo es que los autónomos coticen a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, mecanismo que la Administración ya está estudiando.

La subida de cotización conlleva mejoras en el acceso a la prestación por cese de actividad, flexibilizando los requisitos actuales y ampliando su duración.

Asimismo, los autónomos tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja, y todos los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a la formación continua y al reciclaje profesional.

Además, los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta y las mujeres autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, disfrutarán de una tarifa plana de 60 euros al mes durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.

En cuanto a la tarifa plana actual de 50 euros al mes, ésta subirá hasta los 60 euros, manteniéndose tras los 12 primeros meses las bonificaciones actuales. Los beneficiarios tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones.

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