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Una interpretación del TS sobre la RIC perjudica a los empresarios

Las jornadas celebradas el pasado lunes en Las Palmas de Gran Canaria sobre la conflictividad tributaria de la RIC, concluyeron que Hacienda está interpretando erróneamente una sentencia del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 2015.

Hacienda se considera autorizada a regularizar incumplimientos de los requisitos exigidos en la RIC no en el ejercicio en el que se producen, tal y como establece la ley que regula la RIC, sino en el ejercicio que se descubre. Esto podría vulnerar el sistema de prescripción establecido en la Ley General Tributaria.

Lo que sí puede hacer Hacienda es regular los incumplimientos dentro de los cuatro años previstos en la Ley General Tributaria.

La Reserva para Inversiones de Canarias tiene el claro objetivo de la inversión, por ello, y según palabras de uno de los magistrados participantes en la ponencia, es muy importante que “Hacienda interprete bien esta sentencia y deje de machacar al ya frágil tejido empresarial canario».

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