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Solo 16 autónomos cobran el paro en Canarias

Cerca de 113.330 canarios trabajan como autónomos actualmente, pero solo 16 de ellos cobran el subsidio de paro. Esta prestación, que entró en vigor en 2011, no termina de salir adelante por la falta de información, exceso de requisitos, el coste de las cuotas y las dificultades a la hora de justificar las pérdidas que exige la norma.

La llamada Prestación por Cese de Actividad se presentó como un avance a la hora de equiparar los derechos de los autónomos con los del empleado asalariado. Sin embargo, solo el 20% de estos trabajadores cotizan a la Seguridad Social para poder cobrar el desempleo.

La traba principal radica en la exigencia de acreditar pérdidas equivalentes al 30% de la facturación al menos para tener derecho a la ayuda y haber cotizado, voluntariamente por ella, durante al menos doce meses. La norma no cubría a los trabajadores que tributan por módulos, lo que implica una traba insalvable a la hora de justificar las pérdidas. El 30% de los autónomos en Canarias se sirve de este modelo.

El Gobierno reformó la norma en 2014, reduciendoal 10% las pérdidas que se  debían justificar. El balance de los primeros meses en funcionamiento no muestra un incremento en el número de beneficiarios del subsidio. Del total de demandantes, solo 812 cobra el paro y 472 solicitudes están pendientes de resolver.

Muchos de los afectados no saben que tienen que cotizar de manera voluntaria. La ley obliga a autofinanciar este sistema, por lo que las prestaciones se pagan con el 2,2% de lo que cotizan quienes están dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El pago comprende dos meses por año cotizado. La cuantía de la prestación por cese es del 70% de la base reguladora por la que se ha cotizado en los 12 meses anteriores.

La escasa protección, los pocos meses que cubre y las dificultades a la hora de acreditar las pérdidas, hace que solo entre el 18% y el 20% de los que tramitaron esta solicitud durante el año 2014 hayan podido cobrar la ayuda.

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