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Las empresas tendrán que detallar la media salarial de hombres y mujeres

El Consejo de Ministros ha aprobado dos obligaciones para las empresas con el objeto de garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres.

Todas las sociedades deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, en el que se debe incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla separados por sexo.

Deberán quedar especificados la media de lo percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. La información tiene que estar desagregada según la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

Estos datos serán accesibles para todos los trabajadores, siempre a través de la representación legal si existiese.

Además, las empresas de más de 150 empleados tendrán la obligación de incluir en su plan de igualdad una auditoría retributiva para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Desde el 7 marzo de 2021 lo harán las que tengan entre 101 y 150 trabajadores; y a partir del 7 de marzo de 2022 también aquellas de entre 100 y 50 empleados.

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