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Decreto de modificación de la Ordenación del Transporte

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, hizo pública ayer martes en el BOC la modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, en lo que se refiere al plazo de suspensión de las autorizaciones de transporte público discrecional.

Concretamente, la modificación se refiere al apartado 5 del artículo 60 en los siguientes términos:

«Sin perjuicio de lo anterior, la persona titular de una autorización de transporte público discrecional tiene derecho a la suspensión de la misma hasta un plazo de cinco años, prorrogables por otros tres años; pudiendo reiniciar la actividad en las mismas condiciones y siempre que el titular continúe cumpliendo con todos los requisitos determinantes para su concesión.

La persona titular de la autorización deberá solicitar dicha prorroga antes de que expire el plazo de suspensión otorgado”.

PDF con texto completo aquí.

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